Canal de Principios Empresariales
Empresas Banmédica ha desarrollado un Canal y Procedimiento de Denuncias como complemento, reglamentación y parte integrante del Modelo de Prevención de Delitos, establecido conforme a la Ley Nº20.393 y la Ley N°21.121, sobre la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas y sus modificaciones; eventuales transgresiones a la normativa sobre libre competencia; así como para promover e incentivar una conducta ajustada a los principios y valores éticos declarados en nuestro Código de Ética, dentro de la comunidad de trabajadores, proveedores, clientes y colabores en general.
Este procedimiento es aplicable a todos los colaboradores de Banmédica S.A. y sus Filiales sean estos directos o indirectos con carácter indefinido, temporal o subcontratista; también aplica para Clientes, Proveedores, Accionistas y Terceros.
Este procedimiento sólo se debe utilizar cuando exista una sospecha fundada o certeza de ocurrencia de algún hecho que reporte transgresiones o puedan violar la Ley Nº 20.393 y sus modificaciones y la Ley N° 21.121, sobre la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas y sus modificaciones, Normas de Conducta Ética y cualquier tema relacionado al incumplimiento regulatorio o de control interno, incluidas las materias de libre competencia.
Para todas las denuncias recibidas, relacionadas con cualquiera de las empresas que conforman Banmédica S.A., se asegurará su análisis independiente, restringido, confidencial y sin represalias para los denunciantes, a través de un proceso estructurado y monitoreado por el Encargado de Prevención de Delitos, procedimiento que se describe en el Manual de Prevención de Delitos.
Las denuncias se hacen por escrito en un sobre confidencial a nombre del Encargado de Prevención de Delitos: Av. Apoquindo 3600, piso 4. Las Condes, Santiago, Chile, o mediante el siguiente formulario en línea: